El Gobierno burla al Supremo y a la UE con los contratos temporales sin límite
La decisión adoptada el viernes por el Gobierno de anular por decreto el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores para inaugurar la nueva era –en principio, de dos años– de encadenamiento sin límites de los contratos eventuales, contraviene todas las sentencias del Tribunal Supremo español y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “El decreto es manifiestamente ilegal”, afirma el portavoz del PNV en materia social y reconocido jurista Emilio Olabarría. Letrados y profesores de derecho social como Rafael Senra Biedma y Manuel Luque Parra, de la Universidad Pompeu Fabra, coinciden en esta apreciación. La decisión abre la puerta al despido libre y gratuito que demandaban los empresarios, anula la acción sindical, pervierte la última reforma laboral y supone la renuncia expresa del Gobierno socialista a mantener la política de apoyo a la contratación indefinida que ha seguido en los últimos años.
Según Olabarría, la primera consecuencia de la decisión gubernamental va a ser la avalancha de recursos a los tribunales por parte de los trabajadores temporales e interinos, en el caso de las administraciones públicas, cuando, tras el encadenamiento de contratos, vayan a ser despedidos con unas liquidaciones de 8 a 12 días por año trabajado. Así se lo expuso el portavoz del PNV al ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, durante el largo encuentro que mantuvieron el martes pasado. Sin embargo, como dice el refrán, a voluntad determinada escusado es consejo. Gómez sabe que la EPA del cuarto trimestre va a ser negativa y no quiere pasar a la historia con el record de cinco millones de parados. “Prefiero un trabajador temporal a un parado”, ha dicho.
Se logre o no el objetivo de mantener el empleo encadenando contratos temporales en fraude de ley, la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 4 de julio de 2006 protege a los trabajadores de la “falsa temporalidad” con un tope de dos años en un calendario de hasta 30 meses. Después de ese periodo, los contratos temporales se consideran fijos a todos los efectos. El Gobierno y los empresarios podrán desobedecer las normas y la jurisprudencia, pero, según los expertos consultados, tendrán que atenerse a las consecuencias. Por otra parte, llama la atención el empeño del Ejecutivo de Rodríguez Zapatero, en fase terminal, de petrificar el mandato de la UE sobre el déficit –para lo que se disponen a reformar la Constitución con urgencia en los dos plenos convocados para el martes y el viernes próximo–, en contraste con el decreto de desobediencia a la propia UE en materia social. En este sentido, el candidato socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba, dijo ayer en un acto con colectivos sociales y vecinales de la localidad madrileña de Fuenlabrada que “endeudarse no es de izquierdas”.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo español es abundante. En sus sentencias viene reiterando desde 1997 que la contratación temporal sin causa que la justifique –actividad extraordinaria, circunstancias de producción y temporalidad de la obra concreta– es “ilegal e infractora”. Hay sentencias de 2002, 2003 y 2004 al respecto. La resolución de la instancia europea resolvió el asunto por más de un lustro. Pero después de acentuar el desequilibrio entre el capital y el trabajo a favor del primero en la última reforma laboral aprobada por el PSOE en solitario, no se ha conseguido incentivar el empleo fijo ni frenar la destrucción de puestos de trabajo. Uno de cada tres trabajadores es temporal y más del 70% de los nuevos contratos registrados el último año son precarios.
Sostiene Gómez que si la realidad no se cambia con una ley, es mejor cambiar la ley (por decreto). Y dicho y hecho. ¿Se allana el camino a la derecha que viene?, ¿se anula de un plumazo el esfuerzo y los incentivos y bonificaciones para fomentar los contratos fijos? “No importa; ahora lo importante es sostener el empleo”, responde Gómez. Ya es paradójico que el ministro fuera aquel secretario general de Empleo que en 2006 acordó con los agentes sociales el cumplimiento de la sentencia de la UE. Entonces había que reducir la temporalidad del 35% de los asalariados para llegar al 14% de media en la UE. La temporalidad se ha reducido, efectivamente, pero, en su mayor parte por los despidos provocados por la crisis financiera y económica.
El ministro niega que con la temporalidad sin trabas ni límites y con el nuevo contrato de formación, incluido en el mismo decreto, que permite a los empresarios disfrutar de todas las bonificaciones posibles y pagar sueldos de aprendices a los trabajadores hasta los 33 años, se esté apostando por los “contratos basura”. Los sindicatos afirman lo contrario. Y un dirigente me dice que si Lucio Anneo Séneca no hubiera justificado la esclavitud con su conocida frase: “primum vivere, de in de philosophare”, la pronunciarían a coro Gómez, Zapatero, Rajoy, Rubalcaba y los dirigentes de la patronal, aunque ninguno sea filósofo, ni, como el preceptor de Nerón, estén dispuestos a beber cicuta.
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