viernes, 18 de febrero de 2011

"Si te ha pillado la SGAE..."

"Si te ha pillado la SGAE..." - Aragón - www.elperiodicodearagon.com


¿Quién compuso Si te ha pillao la vaca, j...? ¿Y las jotas de ronda clásicas? Se desconoce, pero la Sociedad General de Autores de España (SGAE) cobra por su interpretación. La Sección Quinta de la Audiencia de Zaragoza ha condenado al Ayuntamiento de Ariza a pagar 13.240 euros a la gestora por los derechos de autor de las piezas que interpretaron las charangas y rondallas, e incluso la Banda de la DPZ, que actuaron en sus fiestas entre 1998 y el 2004. También le toca apoquinar por actuaciones que no organizó pero se celebraron en locales de titularidad municipal y figuraban en el programa de fiestas.

Tanto el magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza como la Sección Quinta de la Audiencia rechazaron que los repertorios de las charangas y rondallas hayan pasado a integrar el dominio público --los derechos de autor prescriben a los setenta años del registro de la partitura--.

El tribunal admite que charangas, rondallas y bandas tocan "música popular" que "comprende tanto obras de autor conocido como adaptaciones de previas interpretaciones populares". Sin embargo, añade que "a falta de mayor prueba del carácter de dominio público de la totalidad del repertorio de charangas y fanfarres, ha de estimarse que las obras por ellas interpretadas están incluidas en el catálogo de la actora (la SGAE)". Es decir, que es el pagano quien debe probar que la cartera de derechos de autor de la gestora no incluye alguna de las piezas que se escuchan en las calles, plazas y plazas de toros de cualquier pueblo. El consistorio de Ariza cuestionó, sin éxito, que las incluyera.

Los tribunales consideran "acreditado que la Charanga de Ariza actuó en alguna ocasión en la plaza de toros de la localidad en un festejo taurino" y que, aparte de no considerar probado que los pases no fueron organizados por el consistorio, este sí los incluyó en el folleto del programa de fiestas "como amenización musical de la actividad".

Por otro lado, las sentencias reseñan que varias actuaciones por las que el ayuntamiento rechazaba pagar se realizaban en locales de su propiedad y que, pese a haberse adherido al convenio suscrito por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la entidad gestora de derechos de autor, no exigió a sus organizadores que contaran con "las preceptivas autorizaciones de la SGAE, exigibles con arreglo a dicho convenio". Es decir, que la Sociedad General de Autores termina cobrando: o del consistorio o porque el consistorio lo exige.

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