Lo decidió el miércoles el Tribunal Federal Supremo alemán en una sentencia sin duda histórica. Cuando una mujer casada y madre se divorcie o se separe del marido, sólo podrá aspirar a que su ‘ex’ le pase una pensión durante los tres años siguientes a esa separación, y eso siempre que sea ella quien se haya quedado al cuidado de los hijos comunes renunciando a su puesto de trabajo. A partir de entonces, sólo habrá pagos añadidos por esa dedicación a los niños si el juez lo estima ‘razonable y oportuno’. Es decir, se verá caso por caso, según la edad de las criaturas, si tienen algún problema de salud o requieren una atención especial, si disponen de una plaza en guarderías o colegios o si existe la posibilidad de que alguien se ocupe de ellos mientras la madre está en la oficina, la fábrica o el despacho. Pero, en principio, la madre separada o divorciada tiene que volver al trabajo para mantenerse a sí misma a los tres años de ese divorcio o separación.
La sentencia responde a la demanda presentada por una mujer, maestra en Berlín, quien se divorció en 2006 después de seis años de matrimonio. Ella tiene la tutela del hijo común de siete años enfermo de asma y recibe de su ex marido, además de la pensión para dicho hijo, otros 837 euros al mes. De acuerdo con la nueva legislación que entró en vigor en Alemania el primero de enero del 2008, ella debería volver a su puesto de maestra y ver reducida su pensión a la mitad hasta que se cumplan los tres años del fin del matrimonio, ya que ahora está dando clase de vez en cuando. El ex marido reclamó a la justicia suprimir totalmente los pagos de manutención en agosto y ella recurrió. Al final, la maestra ha perdido la batalla.
Antes, en Alemania, una mujer separada o divorciada que hubiera sacrificado su carrera profesional para ocuparse de sus hijos tenía garantizada legalmente una pensión hasta que el crío tuviera ocho años. De los ocho a los quince años de edad de la prole, la madre podía seguir recibiendo esa pensión del ex y tener además un medio empleo, o un trabajo a tiempo parcial. A menudo, la situación se prolongaba a medida que la madre ganaba en años y perdía en oportunidades de reincorporarse a la vida laboral. Pero ahora las cosas han cambiado radicalmente y los jueces de Karlsruhe han decidido que la mujer-madre divorciada debe de regresar bastante antes a su puesto de trabajo, caso de que no lo haya perdido.
Se mantiene el principio de que la madre divorciada tiene derecho a esa pensión de manutención en los primeros tres años y cuando los niños son pequeños, porque se entiende que no es compatible la plena dedicación al trabajo y a la familia. Pero el nuevo derecho de familia, refrendado ahora por esta sentencia del Tribunal Supremo Federal, establece que la mujer después de esos tres años está obligada a trabajar como antes.
Lo definía claramente una de las miembros del Tribunal, Meo-Micaela Hahne: “Las mujeres jóvenes ya no pueden confiarse y pensar: si tengo un anillo de matrimonio en mi dedo tengo garantizado el mismo nivel de vida tanto si sigo casada como si me divorcio”. Las mujeres, en este aspecto, tienen que aceptar la cruda realidad: después del fin del amor, cada cual tiene que ganarse las lentejas por su cuenta.
La difícil elección entre trabajo e hijos
A pesar de los pesares, la maternidad sigue siendo un freno laboral cuando no una amenaza a ese puesto de trabajo duramente conseguido. Y si el matrimonio o la pareja deja de funcionar, la maternidad es también una carga económica que no tiene una alta remuneración… y menos en estos tiempos de amores y economías revueltos. Tal vez para animar a las indecisas, en Bruselas
Alemania precisamente se niega a aumentar esa ‘pausa bebé’ argumentando que hace más difícil la reincorporación de la mujer al trabajo. Pero detrás todo ello están los empresarios, quienes creen que esas dos semanas más les supondrían un desembolso extra de 500 millones de euros. Pocos padres se acogen al permiso de paternidad -que aquí tiene una duración mínima de dos meses-, haciendo así realidad el splitting de tareas domésticas.
Ea, asin mismamente... ....
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